Sentencia N° 315 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de septiembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 315, Exp. C04-0292, 09/09/2004
ExpedienteC04-0292
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-09-09
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el abogado Carlos Morin, defensor privado de Elisa Olga Marchionda Abdon, quien fue condenada a quince años de prisión por transporte ilícito de sustancias estupefacientes. El recurrente alegó violaciones a los derechos de defensa y la existencia de una duda razonable sobre los hechos. Sin embargo, la Sala consideró que el escrito del recurrente era confuso y carente de claridad, lo que llevó a desestimar el recurso.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: De la lectura del escrito presentado por el recurrente, se evidencia que el mismo es confuso y carente de la claridad necesaria para lograr su comprensión y posterior resolución. Es así como, en primer lugar, el recurrente plantea el recurso de casación fundándose en el artículo 452 ordinales 1º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es motivo par interponer el recurso de apelación contra las sentencias definitivas. En segundo lugar, el recurrente plantea de manera amplísima que a su defendida le fueron violados “sus derechos inherentes al desarrollo de una sana defensa por parte de la representación fiscal” y menciona además la presencia de una duda razonable sobre todo lo acontecido, pero no especifica que es lo que aconteció y de donde se desprende la presunta duda razonable. En tercer lugar, el recurrente se limita a indicar en su escrito que tanto la Corte de Apelaciones como el representante del Ministerio Público pretenden juzgar a su defendida dos veces por un mismo hecho, pero no explica su razonamiento ni especifica cuáles son los presuntos dos hechos por los cuales se pretende juzgar a su defendida. De manera que, una vez analizado lo anterior, esta Sala considera procedente desestimar por manifiestamente infundado el presente recurso, toda vez que el recurrente carece de toda técnica para la fundamentación del recurso y porque su escrito resulta confuso y poco claro para lograr su entendimiento y resolución.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el defensor privado de la ciudadana ELISA OLGA MARCHIONDA ABDÓN, en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 19 de mayo del año 2004. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
recurso de casaciondefensaduda razonablepenalsustancias estupefacientessentenciaCorte de Apelacionesviolacion de derechos