Sentencia N° 313 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 313, Exp. C25-831, 24/04/2026
ExpedienteC25-831
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-04-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Luis Vicente Guevara González en representación de Oscar Alberto González, condenado a 30 años de prisión por los delitos de violencia sexual a niña agravado y abuso sexual sin penetración agravado. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal de Primera Instancia, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos legales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Considera esta Defensa que la decisión recurrida, incurre en la falta de fundamentación de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito, adolece de vicio de inmotivación por cuanto no señala los fundamentos de hecho y de derecho por los cuales se adopta la sentencia de primera instancia, y se limitó hacer apreciaciones genéricas, cabe destacar que para poder enjuiciar debe existir los establecimientos de los hechos en base a la pruebas que lo determinen y a su vez, el juez debe aplicar los preceptos legales y principios doctrinales que son ajustados a derecho. Siendo el vicio de inmotivación de sentencia, un vicio de orden público, que al ser cometido atenta contra las garantías consagradas tanto en la Constitución de la República de Venezuela como en las normas adjetivas, por esta razón opongo en el presente recurso para ser examinado por los Magistrados de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Esta Defensa, debe dejar sentado que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, no argumenta los fundamentos de hechos y de derechos, con un razonamiento jurídico, hilado y congruente que resulte de lo alegado en el Recurso de Apelación, pues la sentencia de la Corte que declara sin lugar el recurso de apelación intentado en la presente causa, sólo se conforma con transcribir lo alegado por la recurrente y lo condensado en la sentencia de Primera Instancia: concluyendo de forma arbitraria que la labor de motivación del juez de juicio -a criterio de la Corte- el fallo recurrido no incurrió en los vicios contemplados o señalados por la defensa; aduce que no están dados los supuestos establecidos en la norma penal, para que se anule la sentencia y ordene la realización de un nuevo juicio oral y público dado que cumple con los extremos establecidos en el artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que trae como consecuencia que la Corte de Apelaciones no cumplió con el deber de motivar o razonar su decisión, porque no señaló los fundamentos de hecho y de derecho por los cuales adoptó la sentencia de primera instancia. La alzada no examina los puntos de la apelación, no prestó atención al hecho significativo que la decisión de primera instancia declaró la existencia del cuerpo del delito y la responsabilidad penal del acusado, valorando una declaración de una ciudadana médico psicóloga que no estaba facultada para practicar la evaluación psicológica a las víctimas.

Dispositiva

Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación ejercido el 28 de marzo de 2025, por el abogado Luis Vicente Guevara González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 175.842, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Oscar Alberto González, titular de la cédula de identidad V-10.923.282, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal del Adolescente con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Amazonas, en fecha 21 de febrero de 2025.

Palabras clave

Violencia SexualAbuso SexualCasación PenalDerechos de la Mujer

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