Sentencia N° 313 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de junio de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 313, Exp. C02-0193, 20/06/2002
ExpedienteC02-0193
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-06-20
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Segunda Penal en contra de la sentencia que declaró culpable a Iván Manuel Benitez Ibarra por el delito de transporte ilícito de estupefacientes. La recurrente alegó inobservancias en el veredicto y la falta de mención de hechos relevantes durante la detención del acusado. Sin embargo, la Sala determinó que los argumentos presentados eran infundados y que el juicio se había llevado a cabo conforme a la ley.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: De los argumentos utilizados por la recurrente, se desprende que pretende denunciar circunstancias que sólo han de ser debatidas dentro del juicio oral y público, pero no indicados en el objeto del veredicto, pues en éste sólo deben señalarse los hechos y circunstancias sobre los cuales deben decidir, en relación con el acusado más no puede aspirar la recurrente a que en el objeto del veredicto se realice un acta completa sobre todo lo acontecido en el juicio oral. También pretende la recurrente, señalar vicios que no le pueden ser atribuidos a un tribunal constituido con jurado, pues a ellos no les es dado realizar comparaciones ni análisis de los elementos probatorios que han sido llevados al juicio, ni se les puede exigir explicar las razones que lo llevan a determinar o no la culpabilidad del acusado. Por consiguiente, la Sala considera procedente desestimar por manifiestamente infundada la denuncia, de acuerdo con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Segunda Penal, extensión San Antonio del Táchira, a favor del ciudadano IVAN MANUEL BENITEZ IBARRA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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