Sentencia N° 312 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 312, Exp. C25-825, 24/04/2026
ExpedienteC25-825
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-04-24
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado José Gregorio Asilda en representación de DEIBY JOSUÉ VILLEGAS PERALTA, quien había sido condenado a 20 años de prisión por tráfico de armas. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación de sentencia, confirmando el fallo del Tribunal Tercero de Primera Instancia. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la fundamentación y técnica recursiva.
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones en su sentencia desestima la denuncia porque si ya que no dio razonamiento ni fundamento que indique el porqué la desestimó como puede verse, la Corte de Apelaciones se limitó a señalar que era falso todo lo afirmado en nuestro recurso y que la sentencia si contaba con un análisis probatorio y que si contenía una motivación de hecho y de derecho. Resalta la carencia de motivación de la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en cuanto a la carencia de análisis sobre las circunstancias de la detención, ya que los funcionarios policiales se contradicen en el lugar del suceso, y sin cumplir con lo establecido en el artículo 191 del Codigo Organico Oricesal (sic) Penal, tampoco dijo nada con relación a la denuncia de silencio en la valoración de la declaración de los testigos presentados por la Defensa Tecnica, quienes afirmaron haber visto el procedimiento, siendo testigos presenciales, tal como consta en la sentencia recurrida. De esto se desprende que la Corte de Apelaciones desnaturalizó su función de un recurso de apelación y se limitó a hacer una revisión del incumplimiento de los requisitos formales de la sentencia, sin atender a lo esencial, al cumplimiento de la Ley, a la aplicación correcta del derecho, mediante la valoración probatoria que permita atenerse a lo acreditado en el debate. La Corte de Apelaciones se limitó a verificar los títulos y subtítulos de la sentencia recurrida, pero sin analizar el contenido, por ello concluyó que sí existía motivación (…)
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto el 9 de octubre de 2025, por el abogado José Gregorio Asilda, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano DEIBY JOSUÉ VILLEGAS PERALTA, en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, el 16 de septiembre de 2025.