Sentencia N° 312 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de agosto de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 312, Exp. R03-0219, 12/08/2003
ExpedienteR03-0219
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2003-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La abogada Petra Padilla Peña solicitó la radicación del juicio contra Ángel José Polanco Díaz por homicidio intencional calificado y porte ilícito de arma de fuego, argumentando que los hechos causaron conmoción pública en el Estado Falcón. La Sala de Casación Penal, tras evaluar la solicitud y la cobertura mediática del caso, concluyó que existían razones para dudar de la imparcialidad de los jueces en la jurisdicción original. Por ello, se decidió que el juicio se radicara en el Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que aun cuando la solicitud de radicación se refiere sólo al ciudadano imputado ÁNGEL JOSÉ POLANCO, ésta se hará extensiva al ciudadano imputado WLADIMIR NALLY VARGAS, pues los dos aparecen como presuntos autores de los hechos que originaron esta causa. Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE RADICACIÓN interpuesta por la abogada PETRA PADILLA PEÑA, en su carácter de Defensora del ciudadano imputado ÁNGEL JOSÉ POLANCO DÍAZ. En consecuencia se ordena al Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que cumpla lo aquí ordenado.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE RADICACIÓN interpuesta por la abogada PETRA PADILLA PEÑA, en su carácter de Defensora del ciudadano imputado ÁNGEL JOSÉ POLANCO DÍAZ. En consecuencia se ordena al Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que cumpla lo aquí ordenado.
Palabras clave
radicacionhomicidioporte ilicitoescandalo publicoimparcialidadjusticiaconmocion social