Sentencia N° 311 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 311, Exp. C16-334, 04/08/2017
ExpedienteC16-334
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-08-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 73, admitió el recurso de casación interpuesto por los abogados de Davso Javier González Torres, quien había sido condenado civilmente por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. La Corte de Apelaciones había ordenado la reparación de daños y la indemnización de perjuicios a favor de varios demandantes, pero la Sala encontró que se había violado el derecho al debido proceso al no considerar los convenimientos entre las partes que habían acordado la reparación de los daños. Por lo tanto, se anuló la decisión de la Corte de Apelaciones y se ordenó remitir el expediente para que se dicte una nueva sentencia.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal considera que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al dictar la referida decisión propia del 16 de mayo de 2016, mediante la cual condenó civilmente al ciudadano Davso Javier González y solidariamente a la sociedad mercantil Constructora González & González 300 C.A., a pagar a los demandantes las cantidades de dinero, invadió la esfera jurídica de las partes, sin que en el supuesto de autos estuviese inmiscuido el orden público, lo cual comporta la violación del derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, toda vez que ordenó el pago de una obligación que las partes, a través de un convenimiento, habían acordado su cumplimiento.

Dispositiva

PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados Lisandro Ramón Seijas González e Hilda María Mora Ramírez, representantes judiciales del ciudadano Davso Javier Torres González. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada el 16 de mayo de 2016, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, que condenó civilmente al ciudadano Davso Javier González y solidariamente a la sociedad mercantil Constructora González & González 300 C.A., a pagar a los demandantes las siguientes cantidades de dinero. TERCERO: ORDENA remitir el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, para que se constituya una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones que conozca del recurso de apelación interpuesto y dicte nueva decisión con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente declaratoria.

Palabras clave

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