Sentencia N° 31 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de febrero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 031, Exp. CC03-0451, 11/02/2004
ExpedienteCC03-0451
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2004-02-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados en relación a un caso penal que involucra a Michelle Alejandro Iacono Figuera, acusado de varios delitos. Se establece que, dado que los delitos de robo agravado y hurto agravado tienen asignada mayor pena y fueron cometidos en el Área Metropolitana de Caracas, corresponde al Juzgado Vigésimo Quinto de Control de dicha área conocer del caso. La Sala declara competente a este juzgado y ordena la remisión del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
El presente caso trata de una persona a quien se le imputan varios delitos que tienen asignadas diferentes penas, habiéndose iniciado investigación en diferentes jurisdicciones. Tratándose, en consecuencia, de delitos conexos (artículo 70, numeral 4, del Código Penal), el conocimiento de los mismos corresponderá a uno solo de los tribunales competentes (artículo 71, encabezamiento, ejusdem). El artículo 71, numeral 1, del Código Penal, establece que, en el caso de delitos conexos, el tribunal competente para conocer de los mismos será el del territorio donde se hubiere cometido el delito que merezca mayor pena. Ahora bien, siendo los delitos de robo agravado y hurto agravado los que tienen asignada mayor pena y por cuanto los mismo se perpetraron en el Área Metropolitana de Caracas, corresponde al Tribunal Vigésimo Quinto de Control de dicha entidad federal, el conocimiento de los delitos atribuidos al ciudadano Michelle Alejandro Iacomo Figuera, debiendo este Juzgado fijar la oportunidad para la audiencia preliminar correspondiente, en relación a los delitos de robo agravado y hurto agravado y, posteriormente, continuar conociendo de ambos procesos. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara competente al Juzgado Vigésimo Quinto de control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de las causas seguidas al ciudadano Michelle Alejandro Iacono Figuera, por los delitos de robo agravado, hurto agravado y estafa agravada continuada, previstos en los artículos 464, último aparte, en concordancia con el 99, 460 y 454 del Código Penal. En consecuencia remítase el expediente a dicho Juzgado.
Palabras clave
conflicto de competenciarobo agravadohurto agravadoestafa agravadaCódigo Penaldelitos conexosaudiencia preliminar