Sentencia N° 309 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de octubre de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 309, Exp. A14-164, 17/10/2014
ExpedienteA14-164
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2014-10-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisibles las solicitudes de avocamiento presentadas por la abogada Magaly Margarita Morales Vaamonde, actuando como apoderada del ciudadano Wilfredo Morales Vaamonde, en relación a varios expedientes penales contra la ciudadana Jamilet Carolina Araujo Roso. La Sala argumenta que las solicitudes no cumplen con los requisitos necesarios para su admisión, ya que no se evidencian las irregularidades procesales alegadas ni se han agotado los recursos ordinarios disponibles en las instancias inferiores.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, ha sostenido de manera reiterada que: “(...) es preciso indicar que la potestad que otorga la ley para ejercer la posibilidad de accionar mediante el avocamiento, no puede ser entendida como un recurso ordinario de revisión de procesos o sentencias, pues debido a su prudencia y excepcionalidad no constituye per se un remedio procesal ante cualquier acto o decisión que fuere adversa a las partes, mucho menos si tales situaciones pueden ser impugnadas a través del trámite de incidencia o con los recursos ordinarios que establece el Código Orgánico Procesal Penal (...)”.
Dispositiva
1.-) INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO, presentada por la ciudadana abogada Magaly Margarita Morales Vaamonde, actuando como apoderada judicial del ciudadano Wilfredo Morales Vaamonde (víctima), en la causa identificada con el N° AA30-P-2014-000164. 2.-) INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO, presentada por la ciudadana abogada Magaly Margarita Morales Vaamonde, actuando como apoderada judicial del ciudadano Wilfredo Morales Vaamonde (víctima), en la causa identificada con el N° AA30-P-2014-000165. 3.-) INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO, presentada por la ciudadana abogada Magaly Margarita Morales Vaamonde, actuando como apoderada judicial del ciudadano Wilfredo Morales Vaamonde (víctima), en la causa identificada con el N° AA30-P-2014-000166. 4.-) INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO, presentada por la ciudadana abogada Magaly Margarita Morales Vaamonde, actuando como apoderada judicial del ciudadano Wilfredo Morales Vaamonde (víctima), en la causa identificada con el N° AA30-P-2014-000170.