Sentencia N° 309 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de agosto de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 309, Exp. A12-83, 01/08/2012
ExpedienteA12-83
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-08-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de agosto de 2012, declara con lugar la solicitud de avocamiento presentada por el Ministerio Público en la causa seguida contra varios acusados por delitos de estafa agravada y concierto de funcionario con contratista. La Sala anula los fallos previos del Tribunal Sexto de Control y de la Corte de Apelaciones, ordenando la reposición de la causa para que se realice nuevamente la audiencia preliminar, debido a irregularidades en la aplicación de la ley durante el proceso anterior. Se enfatiza la importancia de la correcta aplicación del ordenamiento jurídico para garantizar la justicia.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal para decidir observa, que los recurrentes en la Solicitud de Avocamiento piden que en la causa N° LP01-P-2011-001741, que se sigue ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en contra de los ciudadanos acusados MANUEL ANTONIO OLIVEROS CARRUYO, EDGARDO ISIDRO HERNÁNDEZ RANGEL y HUGO JOSÉ CERRADA MÁRQUEZ, se declare la nulidad de la decisión decretada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que dejó sin efecto la medida privativa de libertad que recaía sobre el imputado HUGO JOSÉ CERRADA MÁRQUEZ, por una menos gravosa. Igualmente requirieron la nulidad de ese fallo y una revisión exhaustiva de la causa en vista que los representantes del Ministerio Público consideran que hubo una violación de la tutela judicial efectiva; para finalizar solicitaron que fuera impuesta nuevamente la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano HUGO JOSÉ CERRADA MÁRQUEZ. Precisado lo anterior, la Sala Penal considera necesario realizar un resumen cronológico de la causa: 1.- En fecha 11 de mayo de 2010, fue enviado por distribución a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida la denuncia interpuesta por la ciudadana ANA JULIA CARRUYO MANZANO, en contra de los ciudadanos EDGAR ISIDRO HERNÁNDEZ RANGEL y HUGO JOSÉ CERRADA MÁRQUEZ, por la supuesta comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA, tipificado en el artículo 462, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, tipificado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción y CONCIERTO DE FUNCIONARIO CON CONTRATISTA, tipificado en el artículo 70 de la Ley Contra la Corrupción. 2.- Seguidamente de la denuncia interpuesta por la ciudadana ANA JULIA CARRUYO MANZANO, se adhirieron los ciudadanos RICHARD JOSE AREVALO GIRON, IVON YUDIT HUGGINS SANCHEZ, KEYLA JOHANA MORENO DE BERMUDEZ, MARIELA CHACON GUERRERO, YAJAIRA COROMOTO TELLO GUERRERO, LIGIA JUDITH MORENO RIVAS, HOMERO RIVAS, JOSÉ GREGORIO ARANGUREN MEZA, ATILIA MARINA DEL CASTILLO DE ROSALES, JOSÉ ALBERTO RAMIREZ VIVAS, RAFAEL ANTONIO MENDOZA GODOY, JOSEFA TORRES ANGULO, YUDITH DEL CARMEN UZCATEGUI, NORA INES ORDOÑEZ URBINA, XIOMARA BECERRA DE FUENTES, ILSE MARIA CEBALLOS CARRERO, CARMEN ALICIA SALINAS, SUHAM ABOUD NASER, IRMA ACOSTA, MARIU ESTORGIA DIAZ MOLINA, ANA LUCÍA PÉREZ DE RAMÍREZ, FANNY MARGARITA FERNANDEZ DE SOSA, DARITZA LISOLETH PEÑA ANGULO, NELSA DEL CARMEN DAVILA, TIBISAY DEL CARMEN VALLE BRICEÑO GUILLEN, MARÍA DOLORES FERRER GUILLEN, MARICRUZ RONDON FONSECA, YULEIMA MOLINA SALAS, MAGALY RODRIGUEZ, ALEJANDRO ROJAS CEBALLOS, LIBIA JESUS NAVA ANGULO, LILIA JOSEFINA PALOMARES, ELEYDA MARGARITA ESCALANTE, MARCOLINA GUILLEN VARELA, CARLOS RANGEL, PABLO SILVIO DIAZ BATISTA, JANIGH ZULAY HUGGINS GONZALEZ.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes: Primero: Se declara con lugar la solicitud de avocamiento, propuesta por los Representantes del Ministerio Público en la causa seguida a los ciudadanos EDGARDO ISIDRO HERNANDEZ RANGEL, MANUEL ANTONIO OLIVEROS CARRUYO y NORMA TERESA BROWN MANRIQUE y HUGO JOSÉ CERRADA. Segundo: Anula los fallos dictados el 15 de julio de 2011 por el Tribunal Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y el 13 de diciembre de 2011 por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, así como todas las actuaciones posteriores a dicha decisión. Tercero: Ordena reponer la causa al estado en que realice nuevamente la audiencia preliminar de los ciudadanos imputados tal como lo dispone el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

avocamientoestafacorrupciónjusticiapenal

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