Sentencia N° 309 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de junio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 309, Exp. C04-0497, 06/06/2005
ExpedienteC04-0497
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia revisó las actuaciones del expediente y constató un vicio en el fallo del Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que motivó la nulidad de las actuaciones. Se determinó que las órdenes de allanamiento solicitadas por la Fiscal Octava del Ministerio Público no se ejecutaron conforme a lo establecido, lo que llevó a la nulidad de las decisiones previas. La Sala declaró la nulidad de los fallos dictados el 29 de noviembre de 2003 y el 7 de mayo de 2004, ordenando la reposición de la causa para que se realice nuevamente la audiencia correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua tampoco indicó (en su fallo) sobre qué actuaciones recayó la nulidad decretada por el tribunal de control y se limitó a confirmar el esa nulidad, en los términos siguientes: '…esta Sala consideró violatorio al debido proceso es (sic) lo referido a las actuaciones que cursan en la presente causa, que fueron justamente anuladas, pues, en cuanto a la comisión de hecho punible, es atribución del Ministerio Público llevar a efecto la investigación de rigor con el consecuente acto conclusivo; en suma, no se trata de si hubo o no comisión de injusto penal, sino de actuaciones que fueron llevadas a efecto y obtenidas por procedimientos ilícitos y con menoscabo de derechos fundamentales…'. En atención a lo expuesto y según lo estipulado en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala declara la nulidad de los fallos dictados el 29 de noviembre de 2003 por el Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y el 7 de mayo de 2004 por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes: 1) de oficio ANULA las sentencias dictadas por el Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua el 29 de noviembre de 2003 y por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal el 7 de mayo de 2004; y 2) ordena reponer la causa al estado en que realice nuevamente la audiencia de presentación del ciudadano imputado tal como lo dispone el artículo 373 'eiusdem'.

Palabras clave

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