Sentencia N° 306 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de julio de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 306, Exp. C08-323, 30/06/2009
ExpedienteC08-323
PonenteARCADIO DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-11
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de revisión interpuesta por María del Pilar Puerta de Baraza contra la sentencia N° 581 dictada por la Sala de Casación Penal. La Sala declaró con lugar la solicitud, anulando la sentencia anterior y ordenando a la Sala de Casación Penal que se pronuncie nuevamente sobre el recurso de casación interpuesto, con sujeción a la doctrina asentada en el presente fallo. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Carlos Landaeta Cipriany, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR PUERTA DE BARAZA, ya identificados, contra la sentencia N° 581 dictada el 23 de octubre de 2007 por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia. 2.- Se ANULA la sentencia N° 581 dictada el 23 de octubre de 2007 por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- Se ORDENA a la Sala de Casación Penal que se pronuncie de nuevo sobre el recurso de casación interpuesto por el mencionado abogado, con sujeción a la doctrina asentada en el presente fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Carlos Landaeta Cipriany, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR PUERTA DE BARAZA, ya identificados, contra la sentencia N° 581 dictada el 23 de octubre de 2007 por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia. 2.- Se ANULA la sentencia N° 581 dictada el 23 de octubre de 2007 por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- Se ORDENA a la Sala de Casación Penal que se pronuncie de nuevo sobre el recurso de casación interpuesto por el mencionado abogado, con sujeción a la doctrina asentada en el presente fallo.

Palabras clave

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