Sentencia N° 305 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 305, Exp. C26-146, 24/04/2026
ExpedienteC26-146
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-04-24
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por los abogados de KARENI LETZAIDA MARTÍNEZ TORRES, ALEXIS ENRIQUE MARTÍNEZ VILLAPAREDES y FÉLIX JOSÉ ESTÉVEZ CARVAJAL, quienes habían sido condenados a cumplir una pena de dieciséis años y cuatro meses de prisión por delitos de trato cruel y privación ilegítima de libertad. La decisión se fundamentó en la falta de técnica recursiva y en que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la correcta fundamentación de las denuncias de violación de ley.
Extracto de la motiva
motivación de la sentencia dictada por la Sala Tres (3º) de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, todas vez que contiene contradicciones graves e inconciliables. Al respecto, ha dicho esa Honorable Sala de Casación Penal, el Tribunal Supremo de Justicia que: constituye un deber fundamental para la Corte de Apelaciones, cuando así lo haya alegado el recurrente, verificar y determinar que en la sentencia sometida a su revisión se haya realizado un análisis detallado de las pruebas debatidas en el Juicio Oral, así mismo, la comparación de una con otras bajo el método de la sana crítica racional, con la determinación clara y precisa de los hechos que se dan por probados y el derecho aplicable. En efecto, el sentenciador en segunda instancia al motivar un fallo debe realizar esa operación mediante el razonamiento jurídico en forma explícita y clara... Sentencia N° 64, del veintisiete (27) de Abril de 2006, con ponencia del Magistrado Dr. Eladio Ramón Aponte Aponte). Subrayado y negrilla, de esta Defensa Técnica). En términos similares, se pronunció la Honorable Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 19 de 51 más reciente a los fines de orientar el criterio jurídico, relacionada a la falta de fundamentación o inmotivación de la sentencia o auto dictado por la Corte de Apelaciones; al respecto indicó, cuales son los supuestos de inmotivación: 1) Cuando omita la explicación clara y concisa del basamento del dispositivo; 2) cuando no se relacione con los argumentos expuesto por el impugnante; 3) cuando contenga contradicciones graves e inconciliable; 4) cuando de ser promovida silencie las pruebas contenidas en el Recurso de Apelación. (Sentencia N°18, del seis (06) de Febrero de 2007, con ponencia del Magistrado Dr. Eladio Ramón Aponte Aponte). S
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto el 24 de noviembre de 2025 por los abogados Jesús Enmanuel Pimentel Martínez y Edinson Orejuela Ramírez, actuando como defensores de los ciudadanos KARENI LETZAIDA MARTÍNEZ TORRES, ALEXIS ENRIQUE MARTÍNEZ VILLAPAREDES y FÉLIX JOSÉ ESTÉVEZ CARVAJAL, en contra de la decisión dictada el 4 de noviembre de 2025, por la Sala Tres de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda.
Palabras clave
casacióndelitostrato cruelprivación ilegítima de libertadsentencia