Sentencia N° 305 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 305, Exp. A23-128, 04/08/2023
ExpedienteA23-128
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-08-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Ángel Áñez Álvarez, admitió la solicitud debido a graves desórdenes procesales y violaciones al debido proceso en las causas seguidas contra Octavio José Mujica Días. Se anulan las audiencias de presentación y se ordena la remisión del expediente a otro tribunal para garantizar una justicia imparcial y equitativa. La decisión busca restablecer el orden jurídico y proteger los derechos del imputado.

Extracto de la motiva

motivada. El 10 de enero de 2023, los Fiscales Noveno y Primero del Ministerio Público, del Primer Circuito del estado Portuguesa, presentaron escrito acusatorio en contra de los ciudadanos OCTAVIO JOSÉ MUJICA DÍAS, NELSON JOSÉ CAÑA RONDÓN y CARLOS ALBERTO VARGAS PÉREZ, por la presunta comisión de los delitos de “HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR”. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 40 El 18 de enero de 2023, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, fijó como oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, el día 10 de febrero de 2023, no obstante, dicha audiencia fue diferida en varias oportunidades, estando fijada la misma (para el momento de la remisión del expediente a esta Sala de Casación Penal) para el 1° de junio del presente año. III DE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO Y DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MISMA En su escrito, el abogado JOSÉ ÁNGEL ÁÑEZ ÁLVAREZ, en primer lugar transcribe los antecedentes del caso, para posteriormente referir en cuanto a su solicitud lo siguiente: (…) De los hechos anteriormente narrados se evidencia un grave desorden procesal y escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudican la imagen del Poder Judicial. Estas son las circunstancias de hecho que en ambos expedientes (3C-12.862-22 y 3C-12.869-22) dan origen a la presente solicitud de AVOCAMIENTO, como consecuencia de las irregularidades acontecidas contra el ordenamiento jurídico venezolano. DEL GRAVE DESORDEN PROCESAL Y DE LA ESCANDALOSA VIOLACIÓN DE LA GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO COMO CONSECUENCIA DE LA INVESTIGACIÓN PENAL REALIZADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO A ESPALDAS DE MI DEFENDIDO OCTAVIO JOSÉ MUJICA DÍAS Y SIN EL CONTROL JUDICIAL QUE LA LEY LE OTORGA A LOS PREPARATORIA. JUECES Y JUEZAS EN LA FASE Los hechos narrados en el capítulo que antecede son irregularidades que han causado un grave desorden procesa

Dispositiva

Se AVOCA al conocimiento de la presente causa y, en consecuencia, declara PROCEDENTE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado José Ángel Añez Álvarez, en su carácter de defensor privado del ciudadano OCTAVIO JOSÉ MUJICA DÍAS. ANULA las audiencias de presentación celebradas ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, los días 22 de septiembre y 18 de noviembre, ambas de 2022, y todas las actuaciones subsiguientes, en las causas judiciales signadas con los alfanuméricos 3C-12.862-22 y 3C-12.869-22, respectivamente, seguidas en contra del referido ciudadano.

Palabras clave

avocamientodue processcriminal lawjudicial irregularities

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