Sentencia N° 303 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 303, Exp. E17-62, 04/08/2017
ExpedienteE17-62
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2017-08-04
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Rubén Elías Mrad Uribe, quien es venezolano por naturalización. La decisión se basa en el principio de no extradición de nacionales, establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. A pesar de la solicitud formal de extradición presentada por Colombia, la Sala asumió el compromiso de ejecutar la pena impuesta al ciudadano en Venezuela, en virtud de los delitos de peculado por apropiación, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad material en documento público, por los cuales fue condenado en Colombia.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículo 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; artículo 6 del Código Penal; artículos 382, 386 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la solicitud formal de extradición del ciudadano Rubén Elías Mrad Uribe, identificado en el expediente con la cédula de identidad núm. V-23.970.681. Respecto a la extradición, el Estado venezolano obra con un alto sentido de responsabilidad y la acepta como una obligación conforme al Derecho Internacional, pero se reserva la posibilidad de solicitud, concesión o denegación, previa constatación de los requisitos formales y materiales, así como del cumplimiento de las reglas previstas tanto en la normativa nacional como internacional pertinente.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN PASIVA del ciudadano RUBÉN ELÍAS MRAD URIBE, de nacionalidad venezolana adquirida, mayor de edad e identificado con la cédula de identidad núm. V-23.970.681, actualmente recluido en la Dirección de Policía Internacional (INTERPOL) del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, requerido por las autoridades judiciales del República de Colombia, según solicitud formal de extradición planteada mediante Nota Verbal identificada con el alfanumérico S-EVECRC-17-0341, del 14 de julio de 2017, en virtud de la sentencia núm. 00110 dictada el 12 de septiembre de 2011, por el Juzgado Adjunto al Cuarto Penal de Distrito Judicial de Cúcuta de la República de Colombia, por los delitos de Peculado por apropiación, Contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y Falsedad material en documento público, previstos en los artículos 397, 410 y 287 respectivamente, del Código Penal colombiano. SEGUNDO: La República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, ASUME para con la República de Colombia el firme COMPROMISO de ejecutar la pena que le fuera impuesta al ciudadano Rubén Elías Mrad Uribe, por la responsabilidad en la comisión de los delitos que motivaron el presente requerimiento de extradición.

Palabras clave

extradiciónRubén Elías Mrad UribePeculadoColombia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca