Sentencia N° 303 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de junio de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 303, Exp. C07-0153, 13/06/2007
ExpedienteC07-0153
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-06-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula la decisión de la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas, por falta de motivación en el fallo que confirmó la condena de los acusados. Se argumenta que la Corte de Apelaciones no resolvió adecuadamente los alegatos de la defensa, lo que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y a la defensa. La Sala destaca la obligación de los jueces de motivar sus decisiones de manera clara y suficiente, y señala que la presencia de los acusados en el juicio no exime al juez de su responsabilidad de fundamentar su fallo.
Extracto de la motiva
La Defensa de los acusados interpusieron recurso de apelación contra el fallo dictado por el Juzgado Décimo Noveno en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual indicaron lo siguiente: “...ha sido severamente vulnerado el artículo 452 numero (sic) 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ya que en nuestro humilde criterio de la anterior trascripción (sic) no se desprende sistemáticamente motivación alguna ni de hecho ni de derecho, tampoco se observa análisis alguno sobre las pruebas (testimoniales y documentales); adolece del mas (sic) mínimo análisis probatorio, no sabemos como arribaron los jueces a ese convencimiento, por cuanto dichas pruebas nunca fueron valoradas por separado para cada delito, a objeto de poder establecer con cuales elementos de convicción se probaba cada delito, sino que tales elementos fueron valorados en su conjunto, violando abiertamente las exigencias contempladas en el artículo 364 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesa (sic) Penal (...) Los Jueces de Juicio debieron hacer una motivación para cada delito, por capitulo separado y con cada elemento de prueba separadamente, aquí mezclaron todas las pruebas con todos los delitos, y no sabemos que elemento probatorio motivo (sic) el delito de estafa, el de usurpación o el de resistencia a la autoridad ...”.
Dispositiva
1) ANULA la decisión dictada por la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 14 de diciembre de 2006. 2) ORDENA la remisión del expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que por vía de distribución lo remita a otra Sala de la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal, distinta a la que conoció en la presente causa, a fin de que dicte un nuevo pronunciamiento con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad.
Palabras clave
inmotivacionderecho a la defensarecurso de casaciontutela judicial efectivasentencia penalanulacionjuicio oralmotivacion judicial