Sentencia N° 303 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de junio de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 303, Exp. C02-0498, 29/06/2006
ExpedienteC02-0498
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-06-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por el abogado IVÁN JOSÉ IBARRA RODRÍGUEZ, en representación de la parte acusadora, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había calificado el delito de homicidio intencional como homicidio culposo. La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tras analizar los elementos probatorios, concluyó que no existía intencionalidad en la acción del acusado, quien disparó el arma de fuego de manera negligente, resultando en la muerte de su amigo.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa que el Tribunal de Juicio consideró demostrada la responsabilidad penal del ciudadano acusado JULIO CÉSAR MARÍN RUIZ en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, con los elementos probatorios siguientes: '... En primer lugar, aprecia que el Experto ALEJANDRO SÁNCHEZ, quien indubitablemente dejó constancia que el tiro que cegó la vida de JESÚS GREGORIO MARCELO YANNELLY STELLATO, fue un tiro disparado directamente a la humanidad del occiso, que laceró la Arteria Femoral y Fracturó el fémur en forma de ‘pico de flauta’, y alega que ese tipo de fractura solo se produce por un TIRO DIRECTO, PRODUCIENDO UN ORIFICIO DE ENTRADA DE 0,5 MM, siendo imposible que el tiro fuera de rebote por la forma en que dañó los órganos (...) En segundo lugar, se aprecia el testimonio del experto JULIO CESAR RODRÍGUEZ, Experto en Criminalistica, el mismo en su respectivo testimonio, asevero (sic) que el Arma de Fuego, a la cual le practico (sic) la Experticia, era un Beretta modelo 92FS, calibre, 9mm, que estaba en buen estado de funcionamiento y uso, que la prueba de Ion Nitrato practicada en el pantalón que vestía el occiso para el momento de recibir el disparo, específicamente a la altura de la pierna derecha pieza que arrojó, un resultado positivo y que por el tipo de funcionamiento, de 4 pasos la misma se trataba de un Arma segura. Que en lo que respecta a la Experticia realizada a una prenda de vestir consistente en un Jean, el cual presentó una mancha de color pardo rojizo, que al ser analizada, resultó ser sangre, que había rastro de pólvora combustionada y un orificio de 0,5 mm de diámetro, testimonio que es vinculante por provenir de un Experto del Cuerpo Técnico de Policía Judicial con amplia experiencia en su profesión; aprecia este Tribunal que tales elementos probatorios coinciden en demostrar que efectivamente el disparo que causó las heridas que desencadenaron en la muerte de JESÚS GREGORIO MARCELLO YANNELLI STELLATO, se produjo en la forma que determina (sic) las aludidas probanzas es decir, en una forma directa hacia el cuerpo de hoy occiso la cual produjo las consecuencias que también los señalados elementos de prueba: Hemorragia y posterior deceso.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado IVÁN JOSÉ IBARRA RODRÍGUEZ, apoderado judicial de la parte acusadora contra la sentencia dictada el 6 de septiembre de 2002, por la Corte de Apelaciones (Accidental) del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.

Palabras clave

homicidio culposonegligenciaintencionalidadrecurso de casaciónCódigo Penalpruebaresponsabilidad penalCorte de Apelaciones

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