Sentencia N° 303 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de agosto de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 303, Exp. 04-0279, 27/08/2004
Expediente04-0279
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-08-27
DecisiónInadmisible
Resumen
El abogado Pedro Réquiz Cisneros interpuso un recurso de apelación contra un auto de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar la recusación de una juez. La Sala de Casación Penal del TSJ, al revisar el caso, determinó que las decisiones sobre recusaciones no son apelables, basándose en la legislación procesal civil que establece que tales decisiones son interlocutorias y no ponen fin al juicio. Por lo tanto, la Sala declaró inadmisible el recurso propuesto.
Extracto de la motiva
El acceso a la impugnación de las sentencias, que tiende a garantizar la tutela judicial efectiva del derecho, se ejerce a través de los recursos establecidos por la Ley. Las decisiones que resuelven las incidencias de recusación o inhibición no son apelables, por no existir ninguna ley que así lo disponga. Antes, por el contrario, la tradición legislativa en materia procesal civil, es la no admisión del recurso contra las providencias o sentencias que recaigan en tales incidencias (artículos 101 y 129 de los Códigos de Procedimiento Civil de 1987 y 1916). Las sentencias dictadas en estos casos, conocidas como interlocutorias (que no ponen fin al juicio), son de trámite expedito, para obviar la suspensión prolongada del proceso. Tales sentencias no impiden la continuación del juicio, ni causan gravamen irreparable, lo cual lleva a esta Sala a considerar inadmisible el recurso planteado. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible el recurso propuesto. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.