Sentencia N° 300 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de junio de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 300, Exp. E24-210, 06/06/2024
ExpedienteE24-210
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recurso—
Fecha de la decisión2024-06-06
DecisiónCese de la medida de coerción personal y libertad inmediata
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictó una decisión en la que se ordena el cese de la medida de coerción personal contra CHRISBELL ENRIQUE TENORIO GUZMÁN, quien estaba requerido por la República Federativa de Brasil por el delito de tráfico internacional de drogas. La decisión se basa en el desistimiento del procedimiento de extradición por parte del Estado brasileño, comunicado mediante una Nota Verbal. La Sala ordena la libertad inmediata del ciudadano, quien se encontraba detenido en Venezuela.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En este orden y de acuerdo a la transcripción de la referida Nota Verbal N° 135, de fecha 20 de mayo de 2024, enviada por la Embajada de la República Federativa de Brasil acreditada en la República Bolivariana de Venezuela, a la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela, y consignada en esta Sala por el abogado Luis Erison Marcano López, Fiscal Provisorio Sexto (encargado de la Fiscalía Quinta) del Ministerio Público para actuar ante las Salas Plena, de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se puede evidenciar la referencia de una decisión dictada por el “…4ª Vara de la Sección Judiciaria de Judiciaria de Roraima, en fecha veintiséis (26) de abril de 2024, fue cancelado el pedido de extradición pasiva, relacionada con el ciudadano Chrisbell Enrique Tenorio Guzmán, de nacionalidad venezolana, identificado en el expediente con la cédula de la República Bolivariana de Venezuela V-17.870.159, por el delito de Tráfico Internacional de Drogas…” [sic] [resaltado de la Sala) quien estaba siendo requerido por las autoridades judiciales de ese país, según Notificación Roja internacional A-8511/8-2018, de fecha 10 de agosto de 2018; y recibido por esta Sala en fecha 3 de junio de 2024, el oficio N° 0-5115.A, de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, mediante el cual remite los recaudos que guardan relación con el desistimiento. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 23 de 28 Lo que implica, necesariamente, que esta Sala deba pronunciarse respecto a la libertad del aprehendido con fines de extradición, para lo cual la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela, en sentencia N° 552, de fecha 30 de mayo de 2014, destacó que: "(…) La Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con los artículos 29.1 de
Dispositiva
PRIMERO: Visto el desistimiento del procedimiento de extradición incoado por el Gobierno de la República Federativa de Brasil, se ORDENA el cese de la medida de coerción personal que pesa en contra del ciudadano CHRISBELL ENRIQUE TENORIO GUZMÁN y su inmediata libertad. SEGUNDO: ORDENA al Tribunal Décimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ejecutar la libertad inmediata y sin restricciones del ciudadano CHRISBELL ENRIQUE TENORIO GUZMÁN.
Palabras clave
extradiciónlibertadjusticiadelitotráfico de drogasBrasilVenezuela