Sentencia N° 300 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 300, Exp. C23-232, 04/08/2023
ExpedienteC23-232
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-08-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Juan Carlos Carrero Rojas, defensor de José Lisandro Ramírez Contreras, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida. La Corte había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa, confirmando la condena de 21 años de prisión por homicidio intencional y trato cruel a un menor, así como 15 años de prisión para la madre del menor por complicidad y omisión de denuncia.
La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que no se especificaron las normas infringidas ni se argumentó adecuadamente la supuesta falta de motivación de la decisión impugnada. Se concluyó que la Corte de Apelaciones actuó conforme a derecho al confirmar la sentencia condenatoria, desestimando así el recurso por infundado.
Extracto de la motiva
Para quien aquí decide ha sido extremamente duro e irremediable arribar a la conclusión sin lugar a dudas que los acusados de autos LUISANA DEL CARMEN DÍAZ FERRER y JOSÉ LISANDRO RAMÍREZ CONTRERAS, son responsable de los hechos por los cuales el Ministerio Público los acusó, y a tal conclusión arribó este juzgadora a consecuencia de las probanzas evacuadas pudiendo quien aquí decide inmediar, evacuar pruebas, constatar para que algunos expertos funcionarios actuantes comparecieran a juicio dada la en algunos casos forzar la labor conminatoria gravedad del hecho, después de valorar en primer lugar la declaración del Experto Dr. JOSÉ GREGORIO BRAZÓN TOVAR, adscrito al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses de Mérida estado Mérida, quien ratifico el contenido del INFORME DE AUTOPSIA FORENSE № 356-1428-A-089-2021, de fecha 20-04-2021, por la Dra. Marina Rosales, practicado al cadáver del niño quien en vida respondía nombre de …, y quien fue conteste en manifestar que el mismo, fallece en fecha 19/04/2021, como consecuencia de un shock hipovolemico, lesión de vasos sanguíneos del mesenterio, traumatismo toracoabdominal cerrado, severo, contuso, abdomen agudo quirúrgico y síndrome de niño maltrato activo en virtud de las múltiples esquimosis que presentaba el cuerpo del infante, de data reciente, es decir, a pocas horas, y de 48 horas de evolución aproximadamente, producidas previo a su deceso, en ambos miembros superiores, tórax y abdomen, estas dos últimas equimosis corresponden a puñetazos, que recibió el infante víctima, declaración esta que corrobora el dicho de los funcionarios WILMER MÁRQUEZ (investigador) y RUBBY GUILLEN (técnico), adscrito al Eje de Homicidio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación. El Vigía, quienes practicaron la INSPECCIÓN TÉCNICA № 00037, de fecha 19-04-2021 inserta en el folio 05 al 12 realizada al cadáver del infante hoy víctima, y quienes fueron contestes en manifestar que tuvieron conocimiento a través del Dr. Faustino Vergara, sobre el ingreso al Hospital General "Hugo Rafael Chávez Frías\
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el abogado Juan Carlos Carrero Rojas, en su condición de defensor del ciudadano José Lisandro Ramírez Contreras, contra la sentencia publicada el 28 de marzo de 2023, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida.