Sentencia N° 300 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de agosto de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 300, Exp. C03-0158, 27/08/2004
ExpedienteC03-0158
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-08-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictó sentencia a favor de Alexis Ramón López, anulando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo. La Sala consideró que se violó el derecho a la defensa al celebrarse la audiencia sin la presencia del defensor del acusado, lo que constituye un menoscabo grave de sus derechos constitucionales. Se ordenó la reposición de la causa para que se convoque a una nueva audiencia pública.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Se concreta la petición de la recurrente en el hecho de que la audiencia pública fue celebrada sin la presencia de la Defensa del acusado, en la oportunidad contemplada en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal. La disposición legal denunciada como infringida expresa: 'Artículo 456. La audiencia se celebrará con las partes que comparezcan y sus abogados, quienes debatirán oralmente sobre el fundamento del recurso. En la audiencia, los jueces podrán interrogar al recurrente sobre las cuestiones planteadas en el recurso. La Corte de Apelaciones resolverá, motivadamente, con la prueba que se incorpore y los testigos que se hallen presentes. Decidirá al concluir la audiencia o, en caso de imposibilidad por la complejidad del asunto, dentro de los diez días siguientes'. Observa esta Sala que si bien el artículo transcrito 'supra' establece que la audiencia se realizará con las partes que comparezcan, no puede ser la intención del legislador y menos aún de la Sala Penal limitar la interpretación de la ley al tipo gramatical al punto de violar el derecho a la defensa del ciudadano ALEXIS RAMÓN LÓPEZ.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: 1) declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Penal Septuagésima Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en representación del ciudadano ALEXIS RAMÓN LÓPEZ, contra la sentencia dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del señalado Circuito Judicial Penal del 14 de marzo de 2003; 2) ANULA la audiencia pública realizada ante la indicada Corte de Apelaciones y la mencionada decisión y 3) ordena la reposición de la causa al estado en que una nueva Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, convoque a las partes para la celebración de la audiencia pública a la que hacen referencia los artículos 455 y 456 de Código Orgánico Procesal Penal y dicte una nueva sentencia.
Palabras clave
derecho a la defensaaudiencia públicarecurso de casaciónCódigo Orgánico Procesal Penalsentencia condenatoriaCorte de Apelacionesviolación de derechos