Sentencia N° 30 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de febrero de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 030, Exp. A10-369, 10/02/2011
ExpedienteA10-369
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-02-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Marcos Nicolás Velásquez, quien alegó violaciones a sus derechos procesales en un juicio por lesiones personales culposas. La Sala argumenta que no se cumplieron las condiciones necesarias para la admisión del avocamiento, ya que no se demostró la gravedad de las irregularidades alegadas ni se agotaron los recursos ordinarios. La decisión se fundamenta en la falta de imputación formal y en la necesidad de que el solicitante presente pruebas de las violaciones a sus derechos.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Por ello, se han establecido formas y condiciones concurrentes para su admisibilidad, al establecer que éste, sólo será admisible en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudique ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación jurídica infringida, ejercidos por los interesados. La Sala, reiteradamente ha señalado que el avocamiento, procede cuando no exista otro medio procesal idóneo y eficaz, capaz de restablecer la situación jurídica infringida y que no pueda ser reparada mediante el planteamiento de una incidencia o de un recurso ante cualquier instancia competente, por lo que las partes están obligadas a agotar todos los recursos procesales existentes.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano MARCOS NICOLÁS VELÁSQUEZ. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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