Sentencia N° 3 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de febrero de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 003, Exp. C05-0465, 07/02/2006
ExpedienteC05-0465
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-02-07
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Rafael Ángel Terán Barroeta en defensa de Otto Adolf Gebauer Morales, quien enfrenta un juicio militar. La Sala determinó que no se cumplían las condiciones necesarias para admitir la solicitud, ya que la acción de amparo interpuesta por la defensa aún estaba pendiente de resolución en la Sala Constitucional. Además, se destacó que el proceso no estaba paralizado y que se habían nombrado jueces suplentes para continuar con el juicio.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo a cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Esta excepcionalidad no puede convertirse en la regla y pretenderse el avocamiento de este máximo Tribunal ante cualquier violación del ordenamiento jurídico que pueda ser reparada mediante el planteamiento de una incidencia o de un recurso ante cualquier instancia competente. Tal excepción al procedimiento ordinario, que ocupe a este alto Tribunal en materia de instancia, debe ser por lo demás ejercido prudencialmente en los casos extremos y siempre que se den los requisitos concurrentes a que hace referencia la ley. En tal sentido, conforme al artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, undécimo aparte, el avocamiento procede sólo en caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudique, ostensiblemente, la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana y se hayan desatendido o mal tramitado los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado RAFAEL ÁNGEL TERÁN BARROETA, en su carácter de defensor del ciudadano OTTO ADOLF GEBAUER MORALES. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

avocamientojuicio militarderechos constitucionalesCódigo PenalLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciadebido procesoacción de amparoinadmisibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca