Sentencia N° 3 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de enero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 003, Exp. C03-0361, 20/01/2004
ExpedienteC03-0361
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-01-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de JHONNY QUINTERO MORALES, condenado a trece años y seis meses de presidio por el delito de violación agravada continuada. La defensa alegó la falta de aplicación de normas procesales y la violación de derechos fundamentales en el proceso judicial. Sin embargo, la Sala desestimó el recurso, argumentando que las denuncias estaban dirigidas a actuaciones del Tribunal de Juicio y no a las de la Corte de Apelaciones, y que no se habían presentado las reclamaciones pertinentes en su momento.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir, observa: De la lectura de la presente denuncia se evidencia que la misma va dirigida a actuaciones cometidas por el Tribunal de Juicio, y no por las de la Corte de Apelaciones, pues señala concretamente, que la sentencia no fue publicada en el lapso de diez días posteriores al pronunciamiento de la dispositiva, señalado en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, sino 18 días después. El recurso de casación es para impugnar las decisiones emitidas por las Cortes de Apelaciones, señalando los vicios cometidos por éstas y expresamente establecidos en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, la presente denuncia debe ser desestimada por manifiestamente infundada, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensora del acusado JHONNY QUINTERO MORALES. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.