Sentencia N° 3 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de enero de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 003, Exp. C02-0332, 17/01/2003
ExpedienteC02-0332
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-01-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOSE LUIS LURUA LEON, quien fue condenado por el delito de violación. La defensa alegó la inadmisibilidad de la apelación y la falta de pruebas en su contra. Sin embargo, la Sala determinó que el recurso carecía de claridad y concisión, rechazándolo por ser manifiestamente infundado. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir, observa: De la lectura del escrito presentado se evidencia que la recurrente pretende ejercer el recurso de apelación contra una sentencia dictada por un Tribunal constituido con jurados, basando tal impugnación en los artículos 451, 452 ordinales 2° y 3°; así como en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, contra las decisiones dictadas por los tribunales de juicio constituidos con jurados, que declaren la culpabilidad del imputado, bien por mayoría o por unanimidad, procede el recurso de casación previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, el cual no contemplaba la impugnación a través del recurso de apelación. Por otra parte el escrito contentivo del recurso presentado carece de toda concisión y claridad, no cumpliendo el mismo con los requisitos exigidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala lo rechaza declarándolo manifiestamente infundado.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de Ley, DECLARA DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado JOSE LUIS LURUA LEON. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.