Sentencia N° 298 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de junio de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 298, Exp. 01-0374, 18/06/2002
Expediente01-0374
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Siete de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de revisión propuesto por Robert Alexander Terán López contra una sentencia condenatoria. El condenado interpuso un recurso de apelación alegando infracciones a varios artículos de la ley y derechos humanos. Sin embargo, la Corte de Apelaciones y posteriormente el Tribunal Supremo de Justicia determinaron que no había lugar para el recurso de apelación, ya que las decisiones que niegan la revisión no son recurribles según el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
El artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal dispone, que las decisiones judiciales sólo serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos en la Ley. En el presente caso se interpone recurso de apelación contra la decisión de la Sala Siete de la Corte de Apelaciones, que declaró inadmisible la solicitud de revisión de la sentencia dictada por esta Sala de Casación Penal, de fecha 21 de diciembre de 2000. Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 477 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la sentencia que niega la revisión de una decisión definitiva no hay recurso alguno y sólo procedería recurso de revisión, fundado en motivos diferentes, contra la sentencia condenatoria impugnada. En consecuencia, esta Sala considera improcedente el recurso de apelación propuesto. Así se declara.
Dispositiva
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara improcedente el recurso de apelación propuesto en el procedimiento de revisión solicitado por el condenado Robert Alexander Terán López, debidamente asistido de abogado. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
recurso de apelaciónrevisiónhomicidio intencionalCódigo Orgánico Procesal Penalindefensiónsentencia condenatoriaderechos humanos