Sentencia N° 297 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de junio de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 297, Exp. E24-254, 03/06/2024
ExpedienteE24-254
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-06-03
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Ricardo José Bravo, quien se encuentra en el Reino de España. Se le imputa la presunta comisión de delitos graves, incluyendo cómplice necesario en el delito de peculado doloso propio, soborno a funcionario público, y legitimación de capitales, entre otros. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación nacional e internacional sobre extradición.

Extracto de la motiva

Motivados´ o, eran invitadas a participar en los distintos ´paneles de procura dando la apariencia de competitividad e independencia a éstos, ocultándose, dentro de la organización, la participación de las personas naturales detrás de todo, ROBERTO JOSÉ RINCÓN Y ABRAHAM SHIERA, quienes, en los procesos nominalmente ´competitivos´, controlaban directa o indirectamente a la empresa ganadora y el ´precio de oferta, ya que acaparaban la integración de os paneles y manipulaban el monto de la oferta ganadora en perjuicio ultimo de BARIVEN. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 50 Las acciones ilícitas cometidas por las compañías vinculadas al grupo, consistían, entre otras, en vender materiales, bienes o equipo a BARIVEN a través de ´procesos de procura administrados por BARIVEN y sus filiales. Los enunciados siguientes describen, de manera general, el modo en que se cometían las irregularidades. El grupo organizado, liderado por Roberto Rincón y Abraham Shiera, aprovechando a sus miembros en ´BARIVEN´ desarrollaron un mecanismo para ejecutar sus acciones todas según han reconocido en sus respectivas declaraciones de culpabilidad en EEUU y según se desprende de la auditoría interna efectuada en BARIVEN. Los ex funcionarios de BARIVEN inscribían en el Registro Maestro de Proveedores de ´BARIVEN´ a múltiples empresas vinculadas al grupo organizado. En ocasiones una misma persona era propietaria de varias compañías, que se inscribían en el referido registro sin que cumplieran muchos casos, con los requerimientos técnicos y financieros exigidos pote BARIVEN, siempre ocultándose la pertenencia de esas empresas grupo organizado. En ocasiones una misma persona era propietaria de varias compañías, que se inscribían en el referido registro sin que cumplieran en muchos casos, con los requerimientos técnicos y financieros exigidos por ´BARIVEN´, siempre ocultándose la pertenencia de esas empresas al grupo organizado. Cuando surgía la necesidad de licitar l

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano RICARDO JOSÉ BRAVO, de nacionalidad venezolana, y titular de la cédula de identidad N° 18.663.810, al Reino de España, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en los delitos de, la primera CÓMPLICE NECESARIO en el delito PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción (vigente para el momento de los hechos), en relación con el artículo 84, numeral 3 del Código Penal, EVASIÓN DE PROCESOS DE LICITACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción (vigente para el momento de los hechos), SOBORNO A FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 66 de la Ley Contra la Corrupción (vigente para el momento de los hechos), ASOCIACIÓN y LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previstos y sancionados en los artículos 35 y 37, ambos, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y la segunda por la presunta comisión de los delitos de PROMESA DE SOBORNO A FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 85 de la Ley Contra la Corrupción (vigente para el momento de los hechos), ASOCIACIÓN y LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previstos y sancionados en los artículos 35 y 37, ambos, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Palabras clave

extradicióndelitoscorrupción

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