Sentencia N° 296 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de junio de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 296, Exp. C08-358, 17/06/2009
ExpedienteC08-358
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-06-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón confirmó la condena de 28 años de prisión a JOSÉ GREGORIO POLANCO FANEITE por homicidio calificado. El recurrente interpuso un recurso de casación argumentando violaciones en la admisión de pruebas. La Sala de Casación Penal del TSJ, tras revisar el caso, determinó que la Corte de Apelaciones actuó correctamente al no permitir la incorporación de nuevas pruebas, ya que estas no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La Defensa hace dos denuncias referidas a la falta de resolución de sus planteamientos expuestos en el Recurso de Apelación, relativos a la declaración del ciudadano ALEXIS JOSÉ POLANCO LÓPEZ (padre del acusado), la primera porque de haberse evacuado dicha testimonial nuevamente durante el debate, se hubiese demostrado la participación que tenía o no el acusado; y la segunda, porque no se le indicó al testigo sobre qué hechos específicos debía deponer. Señala la Defensa que el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, incurrió en error de Derecho en lo que respecta a la valoración dada a la declaración rendida por el ciudadano anteriormente nombrado, ALEXIS JOSÉ POLANCO LÓPEZ y que dicho vicio no fue subsanado por la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal, por lo que dicha omisión vicia el fallo recurrido de inmotivación. Del recurso interpuesto se evidencia que la Defensa denuncia la inmotivación del fallo recurrido, por la falta de resolución del Recurso de Apelación. La Defensa en su momento oportuno (apelación) había señalado el error en la valoración de la declaración del padre del acusado, ciudadano ALEXIS JOSÉ POLANCO LÓPEZ, y la falta de resolución de este punto se traduce en la inmotivación del fallo dictado por la Corte de Apelaciones.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expresadas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente a los fines de ejecutar el presente fallo.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónpruebaderecho de defensaCódigo Orgánico Procesal PenalsentenciaCorte de Apelacionesjuicio oral