Sentencia N° 295 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de octubre de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 295, Exp. C22-245, 13/10/2022
ExpedienteC22-245
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-10-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Auxiliar Interina Delimar Mariam Mendoza Vega, en contra de la decisión de la Sala 5 de la Corte de Apelaciones que había declarado con lugar un recurso de apelación. La Corte de Apelaciones había anulado la sentencia del Tribunal Undécimo de Primera Instancia que condenó a los acusados a quince años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Sala de Casación argumentó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era recurrible en casación, ya que no confirmaba ni declaraba la terminación del proceso, sino que ordenaba un nuevo juicio.

Extracto de la motiva

motivaron, los preceptos jurídicos aplicables, el ofrecimiento de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 26 medios de prueba que presentaran en el juicio, las cuales fueron obtenidas de manera licita la indicación de su pertinencia y necesidad, y la solicitud de enjuiciamiento del imputado, en virtud de dicho control factico realizado a la acusación por parte de quien aquí decide, es por lo que se declara SIN LUGAR EL ESCRITO DE EXCEPCIONES, incoado por el ciudadano Defensor Público 27 Penal del Área Metropolitana de Caracas, JUAN ARTEAGA, y ratificado en este acto por el ciudadano DEFENSOR PÚBLICO 113 PENAL, GONZALO RODRIGUEZ. Y ASÍ SE DECIDE (…) PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Publico en contra de los ciudadanos JORGE DANIEL ROJAS CARDENAS, titular de la cédula de identidad N° 25.304.666 y ANDERSON ERNESTO HERNANDEZ PLANCHARDT, titular de la cédula de identidad N° 28.143.548, por la presunta comisión del delito de Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, contemplado en el artículo 149 en su encabezado de la Ley Orgánica de Drogas, por considerar que se llenan todos los extremos de los numerales del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En ejercicio de la facultad controladora de este Juzgador, quien actúa como Guardián de los Preceptos Constitucionales y Garantías Procesales que le asiste a los justiciables, una vez verificado el acto conclusivo, ratificado en este acto por la representante del Ministerio Publico (…) Así las cosas, este Juzgador al ejercer control jurisdiccional sobre el acto conclusivo sometido a su conocimiento, observa que a la luz del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, el escrito acusatorio, cumple con los requisitos establecidos por el Legislador (…) En consecuencia de declara SIN LUGAR, la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causas, de conformidad con lo establecido en el articulo 34 numeral 4 del Códig

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN, conforme con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, incoado el 17 de agosto de 2022, por la abogada Delimar Mariam Mendoza Vega, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina Trigésima Primera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas; en contra de la decisión de fecha 26 de julio de 2022, dictada por la Sala 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

tráfico ilícitosustancias estupefacientesrecurso de casaciónnulidaddecisión judicial

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