Sentencia N° 295 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de julio de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 295, Exp. 03-0025, 31/07/2003
Expediente03-0025
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-07-31
DecisiónIMPROCEDENTE e INADMISIBLE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la improcedencia de una consulta realizada por el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia en Función de Control, así como sobre la inadmisibilidad de una solicitud de interpretación de artículos del Código Orgánico Procesal Penal. La decisión se fundamenta en la falta de claridad en la solicitud de interpretación y en el procedimiento de consulta que no se ajusta a lo establecido en la ley.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Orgánico Procesal Penal contienen un articulado referido a las instituciones de la inhibición y la recusación, en el cual se regula el procedimiento que ha de seguirse en ambos supuestos y no contemplan ninguna disposición referida a la consulta de las decisiones que resuelvan una recusación. La consulta era un procedimiento de control que asumían los tribunales superiores sobre las sentencias o pronunciamientos de los tribunales de primera instancia. Procedía sin necesidad de instancia de parte y estaba dispuesta en la ley y específicamente en el Código de Enjuiciamiento Criminal derogado. Por consiguiente se debe declarar improcedente la consulta propuesta por el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia dictada por la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal que declaró con lugar la recusación intentada en su contra. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes: 1) Declara IMPROCEDENTE la consulta propuesta por el Juez Vigésimo Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de la sentencia dictada por la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que declaró con lugar la recusación intentada en su contra; y 2) Declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación de los artículos 93 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
incumplimiento de mandatoamparo constitucionalnulidad absolutarecusaciónconsultainterpretaciónderechos constitucionales