Sentencia N° 294 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de agosto de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 294, Exp. C04-0320, 24/08/2004
ExpedienteC04-0320
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-08-24
DecisiónDESESTIMA POR INADMISIBLE
Resumen
La Sala Séptima de la Corte de Apelaciones declaró sin lugar la recusación interpuesta contra la Dra. Carmen Teresa Betancourt Meza. Los defensores de los ciudadanos Fabiola Jaimes Guerra y Medic Rade interpusieron recurso de casación, el cual fue declarado inadmisible por el Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamenta en que la recusación no es susceptible de casación, debiendo ser resuelta conforme al Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Extracto de la motiva
Al respecto ha dicho esta Sala que estas incidencias de competencia subjetiva no son susceptibles de casación, sino que deben resolverse y tramitarse de acuerdo con el Código Orgánico Procesal Penal y con la Ley Orgánica del Poder Judicial, todo esto en consonancia con la jurisprudencia de la Sala que estableció que la competencia subjetiva, es decir, cuando se menoscaban los derechos de la persona del sentenciador y comprometen su imparcialidad, estos conflictos deben ser resueltos por los jueces de instancia, de acuerdo con las leyes que rigen la materia, pero en ningún caso por el más alto Tribunal en la jerarquía judicial.
Dispositiva
Por las razones expuestas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los Abogados JOSE R. DIAZ y MORALIA MORENO, defensores privados de los ciudadanos FABIOLA JAIMES GUERRA y MEDIC RADE. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.