Sentencia N° 292 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de julio de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 292, Exp. C03-0178, 31/07/2003
ExpedienteC03-0178
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-07-31
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de FAGID ECHEVERRÍA CUADRADO, quien había sido condenado a diez años de prisión por transporte ilícito de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que llevó a la defensa a recurrir ante el TSJ. La Sala consideró que no se demostraron las violaciones alegadas a la Constitución y al Código Orgánico Procesal Penal, y que la sentencia de primera instancia se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
En consecuencia, lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la Defensa del acusado, según lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. No obstante la decisión anterior, el Tribunal Supremo de Justicia, en orden a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado el fallo impugnado para saber si se vulneraron los derechos del ciudadano imputado FAGID ECHEVERRÍA CUADRADO, o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho y en aras de la justicia y ha constatado que dicho fallo está ajustado a Derecho.
Dispositiva
DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano imputado FAGID ECHEVERRÍA CUADRADO contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, el 13 de febrero de 2003. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
transporte ilícitosustancias estupefacientesrecurso de casaciónderechos humanosCódigo Orgánico Procesal PenalConstituciónpenajusticia