Sentencia N° 291 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 291, Exp. C12-208, 06/08/2013
ExpedienteC12-208
PonenteJOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-08-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta al recurso de casación interpuesto por la Fiscal Primero del Ministerio Público, declaró con lugar el recurso, anulando las decisiones previas de la Corte de Apelaciones y del Tribunal de Juicio. La Sala encontró que las decisiones anteriores incurrieron en vicios de inmotivación y contradicción, al no analizar adecuadamente las pruebas presentadas en el juicio, lo que vulneró los derechos de la víctima y el debido proceso. Se ordenó la realización de un nuevo juicio por un tribunal competente en delitos de violencia contra la mujer.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera que las decisiones de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo y del Tribunal de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del mismo Circuito Judicial Penal transcritas supra, incurrieron en el vicio de inmotivación por las siguientes razones: Del análisis de la sentencia del tribunal de juicio se evidencia su ilogicidad y contradicción debido a la incongruencia entre su parte motiva y resolutiva, al acreditar la materialización del delito de VIOLENCIA SEXUAL, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para luego establecer con el análisis parcial y escueto de las deposiciones de testigos referenciales (y sin un razonamiento lógico sobre la concatenación y valoración de las demás pruebas), la inculpabilidad de los acusados CARLOS EDUARDO MANZANILLA GARCÍA y GUSTAVO ALEJANDRO PEÑA VILORIA, a pesar de las pruebas técnicas obtenidas y evacuadas durante el juicio, las cuales fueron contundentes y de certeza para concluir en una sentencia condenatoria.
Dispositiva
1) Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada REINA IRENE PIMENTEL PÉREZ, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, el siete (7) de marzo de 2012. 2) ANULA las decisiones dictadas el siete (7) de marzo de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo y el once (11) de enero de 2012 por el Tribunal de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del referido Circuito Judicial Penal. 3) ORDENA que otro tribunal de juicio con competencia en delitos de violencia contra la mujer realice un nuevo juicio con prescindencia de los vicios observados.
Palabras clave
violencia sexualcasaciónderechos de la mujerdue process