Sentencia N° 29 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de febrero de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 029, Exp. C23-258, 08/02/2024
ExpedienteC23-258
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-02-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Yoleide Baptista Muchacho, en su condición de víctima, contra la decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, que había declarado sin lugar los recursos de apelación interpuestos por la misma y la Fiscal Quinta del Ministerio Público. La decisión recurrida confirmaba el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Rafael Enrique Sánchez Delgado por el delito de lesiones personales culposas, argumentando que no existía razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y que no había bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado.

Extracto de la motiva

motivan......' y '....4. La expresión de los preceptos jurídicos aplicables.....'. Así mismo, se declara INADMISIBLE la subsanación de dicho acto conclusivo, presentado por la Fiscalía quinta Municipal del Ministerio Público del estado Aragua, en fecha 08 de septiembre de 2022, toda vez que los Fiscales representante IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 19 del Ministerio Público, solo puede subsanar defectos de forma del escrito acusatorio y de no defectos materiales, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE DECLARA INADMISIBLE LA ACUSACIÓN PARTICULAR PROPIA, presentada por la victima Yoleide Baptista Muchacho, en fecha 26 de Abril del 2022, ante la oficina de alguacilazgo del circuito Judicial Penal del estado Aragua. En virtud de que no reúne los requisitos previstos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente el numeral 3° el cual prevé que el escrito acusatorio debe contener '…Los fundamentos de la

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de casación ejercido el 28 de marzo de 2023, por la abogada Yoleide Baptista Muchacho, inscrita en el Instituto de Previsión Social el Abogado bajo el número 40.009, en su condición de víctima, y en su propia representación, contra la decisión dictada el 25 de enero de 2023, por la Sala Dos de Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua.

Palabras clave

casaciónlesiones culposassobreseimientoinadmision

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