Sentencia N° 29 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 029, Exp. C21-180, 17/02/2022
ExpedienteC21-180
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-02-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por los abogados defensores de Freiner Armando Morachini Terán, quien había sido condenado a 23 años y un mes de prisión por el delito de abuso sexual a una niña. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia condenatoria, declarando sin lugar el recurso de apelación presentado por la defensa. La Sala consideró que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y que no se evidenciaron vicios que justificaran la anulación de la sentencia.

Extracto de la motiva

Considera este Tribunal que del acervo Probatorio incorporado al Juicio Oral y Público, los cuales fueron Valorados de forma individual y concatenadas entre sí, se demostró los supuestos del hecho típico que prevé y sanciona el Delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el Articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente con Agravante del Articulo 217 Eiusdem, en perjuicio de la niña: N.C.R.G (CUYA IDENTIDAD SE OMITE CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (LOPNNA), por el cual acusó el Ministerio Público, por cuanto demostró que el hoy Acusado ejerciera una determinada conducta que se calificara enmarcada en dicho delito. Considera éste Juzgador necesario recordar que es situación natural del hombre ser inocente, por lo tanto toda duda insalvable que aparezca dentro del Proceso debe beneficiarlo, toda vez que la premisa mayor de la Presunción de Inocencia lo ampara, por lo cual en el presente caso se ha configurado a criterio de éste Juzgador no se ha demostrado la mínima actividad Probatoria necesaria para vulnerar la premisa mayor que protege al Acusado. Por ello, ante la existencia del Juicio de Valor necesario para condenar al Acusado por el Delito Imputado, la Sentencia debe ser Condenatoria. Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera que se obtuvo toda actividad Probatoria, ya que de los resultados de los Exámenes Forenses, Testimonios obtenidos se demostró la materialidad del Delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el Articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente con Agravante del Articulo 217 Eiusdem, en perjuicio de la niña: N.C.R.G (CUYA IDENTIDAD SE OMITE CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (LOPNNA), de conformidad con lo establecido en el Artículo 22 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia este fallo ha de ser de CULPABILIDAD, lo cual deriva en una sentencia CONDENATORIA.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación interpuesto por los abogados Luís Enrique Revelo Mantilla y Jesús Rafael Zurita Parabavith, quienes representan al acusado Freiner Armando Morachini Terán.

Palabras clave

abuso sexualniñacasaciónsentenciaTribunal Supremo de Justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca