Sentencia N° 29 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de febrero de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 029, Exp. C12-404, 14/02/2013
ExpedienteC12-404
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar del Distrito Capital declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del Capitán Juan Carlos Roa Bencomo, condenado a cuatro años y cuatro meses de prisión por deserción y falsificación. La defensa alegó inmotivación del fallo y falta de valoración de pruebas, argumentando que la Corte Marcial se limitó a transcribir el fallo impugnado sin ofrecer razones propias. La Sala de Casación Penal, al revisar el caso, determinó que los vicios referidos a la valoración de pruebas no son censurables por los jueces de segunda instancia, ya que esta facultad es exclusiva de los jueces de juicio.

Extracto de la motiva

No obstante que los recurrentes alegan la inmotivación del fallo dictado por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar del Distrito Capital, con sede en Fuerte Tiuna, de la fundamentación dada a la denuncia se observa que lo que pretende es atacar el fallo dictado por el juzgador de la primera instancia en cuanto a la valoración de las pruebas, lo cual resulta evidente al señalar expresamente que la Corte de Apelaciones “vulnera los principios y garantías consagradas en los artículos 173 y 364 numerales 4 de la Norma Adjetiva Penal, por reproducir decisión y pronunciarse de forma exigua sobre la valoración que dio el Tribunal A Quo sobre las pruebas testimoniales y documentales promovidas por la defensa, sin observarse una respuesta debidamente motivada y al no valorar ni apreciar el testimonio del ciudadano Juan Carlos Roa Bencomo”. Asimismo, la defensa alega que “la Corte Marcial omitió practicar análisis pormenorizado de los testimonios peritajes de los psicólogos y psiquiatras debidamente promovidos desde la fase de investigación”. Ahora bien, los vicios referidos a la valoración de los elementos probatorios, no son censurables por los jueces de la segunda instancia ni por la Sala de Casación Penal, pues de acuerdo a los principios de oralidad, inmediación y contradicción, esta facultad es exclusiva de los jueces de Juicio.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado Capitán JUAN CARLOS ROA BENCOMO. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

deserciónfalsificaciónrecurso de casaciónCorte Marcial

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