Sentencia N° 289 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de julio de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 289, Exp. C16-167, 25/07/2016
ExpedienteC16-167
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-07-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 25 de julio de 2016, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la abogada María Elena Ramos de Solipa, en representación de varios ciudadanos, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Aragua. Esta última había revocado un fallo que otorgaba libertad plena a los imputados y decretó medidas de privación judicial preventiva de libertad por delitos graves.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal observa que en este caso no se trata de la impugnación de una sentencia definitiva que ponga fin al proceso, ni de una decisión interlocutoria con fuerza de definitiva; por el contrario, la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua revoca el decreto de libertad plena y sin restricciones de los imputados, dictado por un tribunal de primera instancia en función de control y, en su lugar, ordena la privación judicial preventiva de libertad de los mismos, lo cual permite la continuación del presente juicio, por la supuesta comisión de los delitos de Privación Ilegítima de Libertad, Quebrantamiento de Pactos y Convenios Internacionales y Agavillamiento, tipificados en los artículos 176, 155 (numeral 3) y 286 del Código Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el RECURSO DE CASACIÓN interpuesto, el 14 de abril de 2015, por la abogada María Elena Ramos de Solipa, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos Henry Fernando Medina Yépez, Víctor Enrique Colmenárez, Daniel Alfredo Rangel Sierra, Florencio Antonio Torrealba Ochoa y Manuel Villegas López, contra la decisión publicada, el 31 de marzo de 2015, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.

Palabras clave

recursoslegitimaciónderechosproceso penaldecisiones judicialesCódigo Orgánico Procesal Penal

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