Sentencia N° 287 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de octubre de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 287, Exp. E18-244, 26/10/2018
ExpedienteE18-244
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-10-26
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Brando Alberto Barrios Urbina, requerido por la presunta comisión del delito de homicidio intencional. Se establece que el delito está tipificado tanto en la legislación venezolana como en la colombiana, cumpliendo así con el principio de doble incriminación. Además, se garantiza que el extraditado será juzgado únicamente por el delito mencionado, respetando sus derechos fundamentales durante el proceso judicial en Venezuela.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al analizar la solicitud de extradición activa, considera que se cumplen los requisitos establecidos en la legislación venezolana y los tratados internacionales aplicables. Se destaca que el delito por el cual se solicita la extradición, homicidio intencional, está tipificado en ambas legislaciones, lo que permite la procedencia de la solicitud. Asimismo, se asegura que el ciudadano Brando Alberto Barrios Urbina será tratado con las garantías procesales correspondientes, evitando cualquier violación a sus derechos humanos durante el proceso judicial en Venezuela.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano BRANDO ALBERTO BARRIOS URBINA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad N° 26.805.188, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión del delito de homicidio intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Xavier Otto Palmar Palmar. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante la República de Colombia, de que el ciudadano Brando Alberto Barrios Urbina, será juzgado únicamente por la presunta comisión del delito antes mencionado con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Palabras clave
extradiciónhomicidio intencionalBrando Alberto Barrios Urbina