Sentencia N° 287 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de agosto de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 287, Exp. C04-0104, 17/08/2004
ExpedienteC04-0104
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAU
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-08-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Estado Portuguesa declaró inadmisible el recurso de apelación del Fiscal Segundo por considerarlo extemporáneo. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, determinó que el lapso para interponer el recurso debía contarse desde la notificación y no desde la publicación del fallo. Por lo tanto, se declaró con lugar el recurso de casación, anulando la decisión de la Corte de Apelaciones y ordenando que se admita la apelación propuesta por el Fiscal.
Extracto de la motiva
El artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que el recurso de apelación contra los autos dictados por los Jueces de Control se interpondrá por escrito debidamente fundado ante el Tribunal que dictó la decisión, dentro del termino de cinco días contados a partir de la fecha de notificación. Incurrió, pues, la recurrida en la infracción del artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual, esta Sala considera procedente declarar con lugar el recurso de casación propuesto, anular la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, de fecha 29 de enero de 2003 y, en consecuencia, ordena a dicha Corte admitir y conocer de la apelación propuesta por la defensa.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto, anula el fallo impugnado y ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, admitir y conocer el recurso de apelación propuesto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público.
Palabras clave
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