Sentencia N° 285 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 285, Exp. C12-132, 19/07/2012
ExpedienteC12-132
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-07-19
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, recibió un recurso de casación interpuesto por la abogada Tatiana Blanco Aponte en representación del acusado Engelbert José Ramos Martínez, quien fue condenado por delitos de violencia contra la mujer. La defensa alegó falta de aplicación de normas procesales y falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones. La Sala, tras analizar las denuncias, concluyó que la Corte de Apelaciones había actuado conforme a derecho y que las alegaciones de la defensa carecían de fundamento.
Extracto de la motiva
La falta de técnica recursiva en la implementación de esta denuncia, imposibilita la correcta comprensión de la misma, al existir una evidente contradicción en su fundamento, señalando en el encabezamiento la falta de aplicación del artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su desarrollo expone alegatos que refieren a la carencia de motivación en la sentencia proferida por la Corte de Apelaciones. En este contexto, conviene referir sobre la fundamentación de los recursos de casación, por cuanto no basta sólo alegar la inconformidad con el fallo emitido por la alzada y una disposición legal cualquiera, sino que es necesario manifestar de forma clara el vicio en el cual presuntamente incurrió la Corte de Apelaciones, que tal vicio sea atribuible a ella, y que la norma denunciada pueda ser infringida por la alzada.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación presentado por la ciudadana abogada TATIANA BLANCO APONTE, Defensora Pública Segunda en Materia sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en su condición de defensora del ciudadano ENGELBERT JOSÉ RAMOS MARTÍNEZ, contra la decisión publicada el diez (10) de febrero de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.
Palabras clave
prescripciónviolenciainmotivationderecho a la defensadebido procesocódigo orgánico procesal penal