Sentencia N° 282 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de octubre de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 282, Exp. A22-211, 13/10/2022
ExpedienteA22-211
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2022-10-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Andrés Eloy Monsalve Benítez en nombre de su defendida, CLAUDIA CAROLINA MONSALVE DE AUFIERO. La decisión se fundamenta en que los alegatos del solicitante no acreditan la existencia de un grave desorden procesal ni violaciones al ordenamiento jurídico que justifiquen la intervención del Tribunal Supremo. Se establece que el avocamiento es una figura excepcional que no debe ser utilizada como un recurso de impugnación ordinaria.
Extracto de la motiva
motivada, lo cual impuso a esta defensa recurrir dicho fallo con un recurso de apelación dirigido a la instancia superior correspondiente dando como resultado: 3o. sentencia favorable a mi defendida por la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO con lo cual, (…) el tribunal de alzada ordenó repetir nuevamente la Audiencia Preliminar advirtiendo ahora al Juez correspondiente (/ABG. JOSÉ SAAVEDRA) prescindir del vicio observado por la Corte de Apelaciones, y con lo cual el Juez a cargo del Tribunal de Control ONCE sobre quien recayó la responsabilidad de repetir la audiencia preliminar, incurrió en grave error judicial inexcusable, (…) abuso de poder al: 1o. Omitir que sobre la causa existía una medida de sobreseimiento temporal (…). 2o. Omitir aplicar el control judicial (…) 3o . Ignorar que nos encontramos ante un caso sentenciado en la audiencia de presentación de esta causa de PRIVACIÓN ILEGAL Y ARBITRARIA DE LIBERTAD bajo la subordinación de la institución de la nulidad de conformidad con los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal (…). 4o. Fundamentar su decisión de privativa judicial de libertad contra mi defendida invocando errónea y discrecionalmente un acto jurisprudencial (…) pretendiendo atribuirle legalidad a la decisión de privación judicial de la libertad a través de otras supuestas formulas jurisprudenciales distintas a las pautadas en el artículo 44.1 Constitucional (…). 5o. Ignorar
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado Andrés Eloy Monsalve Benítez, de la causa seguida contra la ciudadana CLAUDIA CAROLINA MONSALVE DE AUFIERO.