Sentencia N° 282 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de julio de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 282, Exp. A17-179, 18/07/2017
ExpedienteA17-179
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2017-07-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Jenny Josefina Rueda Carmenate en representación de José Gregorio Blanco Romero, quien enfrenta un proceso penal por violencia sexual. La Sala argumenta que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ya que no se evidencian graves desórdenes procesales ni violaciones al debido proceso que justifiquen el avocamiento.
Extracto de la motiva
El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en cada una de sus Salas, y en las materias de su respectiva competencia, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Es por ello, que debido a su carácter especial y excepcional, la solicitud que al respecto se realice debe ser examinada reflexivamente por cuanto debe cumplir a cabalidad con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, so pena de la declaración de inadmisibilidad de la misma.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por la abogada Jenny Josefina Rueda Carmenate, en su carácter de defensora privada del ciudadano JOSÉ GREGORIO BLANCO ROMERO, del proceso penal que cursa en su contra ante el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta.