Sentencia N° 282 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 282, Exp. C04-0477, 31/05/2005
ExpedienteC04-0477
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados Régulo Manuel Molero Semprun y Álvaro Rafael Castillo Cohen, con efecto extensivo al acusado Néstor Luis López Pirela. La Sala argumenta que no se ordenó el traslado de los acusados detenidos para su comparecencia a la audiencia, lo que vulneró su derecho a la defensa. Se anula la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y se ordena la celebración de una nueva audiencia ante otra sala de la misma Corte.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir, observa: De la lectura de las actas insertas al expediente, se desprende, que por auto de fecha 31 de mayo de 2004, la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, admitió el recurso de apelación propuesto por la Defensa de los ciudadanos NESTOR LUIS LOPEZ PIRELA, REGULO MANUEL MOLERO SEMPRUN y ALVARO RAFAEL CASTILLO COHEN, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Noveno en Función de Juicio del referido Circuito Judicial Penal, fijando la celebración de la audiencia oral para debatir el fundamento del recurso de apelación, para el décimo día hábil siguiente a la presente fecha, teniendo lugar la misma el día 06 de julio de 2004, con la sola presencia de los abogados defensores de los acusados de autos. La defensa adujo que los acusados no fueron notificados para asistir a la audiencia ante la Corte de Apelaciones, para que expusieran, en caso de querer expresarse, los fundamentos de la apelación y que por ello fue infringido su derecho a defenderse. Aunque al respecto la Sala ha establecido con anterioridad que las Cortes de Apelaciones debían convocar a los acusados para que asistieran a la audiencia prevista en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de que expusieran, si así lo decidían, los fundamentos de la apelación propuesta por sus defensores, es de observar, las siguientes consideraciones en cuanto a la convocatoria del acusado, sea que se encuentre en libertad o detenido: La apelación ejercida por el representante del acusado, sustenta el ejercicio del derecho a la defensa, (también lo sustenta la contestación al recurso propuesto por la contraparte), y la audiencia prevista en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal supone un debate oral entre las partes sobre el basamento de la impugnación, debate que puede o no efectuarse, dependiendo de la asistencia o no de las partes o de sus representantes.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensa de los acusados RÉGULO MANUEL MOLERO SEMPRUN y ALVARO RAFAEL CASTILLO COHEN, con efecto extensivo al acusado NESTOR LUIS LÓPEZ PIRELA de conformidad con lo previsto en el artículo 438 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada en fecha 27 de julio de 2004 por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y, TERCERO: ORDENA la celebración de una nueva audiencia ante otra Sala de la referida Corte de Apelaciones, previa orden de traslado de los mencionados acusados y notificación a la defensa y a la vindicta pública.
Palabras clave
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