Sentencia N° 280 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 280, Exp. A12-191, 19/07/2012
ExpedienteA12-191
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-07-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Luis Américo Pérez, defensor de varios ciudadanos acusados de correteo ilícito. La Sala argumenta que la solicitud no cumple con los requisitos de procedencia necesarios, ya que no se evidencian violaciones escandalosas al ordenamiento jurídico ni se demuestra que se hayan agotado las vías ordinarias de impugnación. Se establece que el avocamiento es una figura excepcional y no un recurso ordinario de revisión de decisiones desfavorables.
Extracto de la motiva
El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Por ello, se han establecido formas y condiciones concurrentes para su admisibilidad, al establecer que éste, sólo será admisible en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación jurídica infringida, ejercidos por los interesados.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano abogado Luis Américo Pérez, Defensor Público Quinto, adscrito a la Defensa Pública del estado Carabobo, en su carácter de defensor de los ciudadanos ELIBERTO PADILLA ROJAS, RUBÉN MOTA, BERNARDO PINZÓN, GUILLERMO ROJAS, MARIÑO NAIN y MERY ROJAS. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.