Sentencia N° 280 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de junio de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 280, Exp. C06-0159, 20/06/2006
ExpedienteC06-0159
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-06-20
DecisiónNulidad
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre la nulidad de la audiencia preliminar y actos subsiguientes en el juicio contra OLEGARIO RAMÓN ROJAS CALLES, quien había sido condenado por el delito de robo agravado. Se constató un vicio en el proceso que afectó el derecho a la defensa del acusado, ya que no se establecieron adecuadamente los hechos constitutivos del delito. La Sala determinó que la sentencia dictada por el Juez de Control no cumplió con los requisitos establecidos en la ley, lo que llevó a declarar la nulidad de la misma y a ordenar la reposición del proceso.
Extracto de la motiva
La Sala, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado el expediente y ha constatado un vicio no alegado por el recurrente, que amerita la nulidad de la sentencia recurrida, así como la nulidad de la audiencia preliminar efectuada el 14 de octubre de 2005 ante el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, nulidad que debe declararse por infracción del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se tradujo en violación del debido proceso, pues el acusado se le condenó por el delito de Robo Agravado sin haber el juzgador establecido los hechos dados por probados, violando con ello su derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA LA NULIDAD de la audiencia preliminar y actos subsiguientes en el juicio seguido contra el ciudadano OLEGARIO RAMÓN ROJAS CALLES. Se repone la causa al estado de que se celebre nuevamente la audiencia preliminar. Se ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón a fin de que previa distribución remita los autos a un Juez de Primera Instancia en Funciones de Control.
Palabras clave
nulidadaudiencia preliminarrobo agravadoderecho a la defensaCódigo Orgánico Procesal Penalvicio procesalsentencia