Sentencia N° 28 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de febrero de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 028, Exp. C15-429, 01/02/2016
ExpedienteC15-429
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-02-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la absolución de Élida Mercedes Uzcátegui Bracho del delito de sicariato. La Sala argumenta que no se demostró la autoría intelectual de la acusada en el homicidio de Doris del Valle Viloria, y que las pruebas presentadas no eran suficientes para establecer su culpabilidad.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, al analizar el recurso de casación, establece que la Corte de Apelaciones actuó correctamente al confirmar la absolución de la acusada, dado que no se logró probar su participación en el delito de sicariato. Se enfatiza que la valoración de las pruebas es competencia del Tribunal de Primera Instancia, y que la Corte de Apelaciones no puede revisar los hechos probados en el juicio. La decisión se basa en la insuficiencia de pruebas que vinculen a la acusada con el encargo del homicidio, destacando que los mensajes de texto presentados como prueba no son concluyentes para establecer la responsabilidad penal de la acusada.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por el abogado José Luis Molina Gil, la abogada Milagros del Carmen Rojas Urbina y el abogado Marco Antonio Segovia Luque, Fiscal Auxiliar Primero Comisionado y Fiscales Auxiliares Terceros del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, contra la decisión emitida, el 22 de junio de 2015, por la Sala Única de la Corte de Apelación del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo que declaró Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por los representantes del Ministerio Público, y Confirmó la decisión dictada, el 3 de marzo de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, que ABSOLVIÓ a la ciudadana Élida Mercedes Uzcátegui Bracho del delito de SICARIATO, tipificado en el artículo 44 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Palabras clave

SicariatoHomicidioAbsoluciónRecurso de CasaciónTribunal Supremo de Justicia

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