Sentencia N° 278 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de julio de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 278, Exp. C17-197, 18/07/2017
ExpedienteC17-197
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-07-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Héctor Jhonny Duarte, defensor de un adolescente, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la recusación presentada. La Sala argumenta que la decisión impugnada es interlocutoria y no pone fin al proceso, por lo que no es procedente el recurso de casación según lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal determina que lo procedente y ajustado a Derecho es declarar INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el abogado Héctor Jhonny Duarte, defensor de un adolescente (cuya identificación se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en atención a las previsiones de los artículos 610 de la Ley Orgánica de Protección, para Niños, Niñas y Adolescentes y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por todas las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano abogado Héctor Jhonny Duarte, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 150.499, actuando con el carácter de defensor privado de un adolescente (cuya identificación se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en la causa que se le sigue ante el Tribunal Octavo de Primera Instancia en función de Control, Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en relación con el artículo 84, ambos del Código Penal, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de mayo de 2017, mediante la cual declaró INADMISIBLE la recusación propuesta, de conformidad con lo establecido en los artículos 610 de la Ley Orgánica de Protección, para Niños, Niñas y Adolescentes y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
denegación de justiciafraude judicialLOPNACOPPderechos humanosaudiencia preliminarintereses superiores