Sentencia N° 278 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de junio de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 278, Exp. C06-0167, 20/06/2006
ExpedienteC06-0167
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-06-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Andrea Katherine Gómez Puerto, quien fue condenada a veintiún años de presidio por homicidio calificado en grado de cooperadora inmediata. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia y violaciones a derechos procesales, pero la Corte de Apelaciones consideró que se habían expresado adecuadamente los fundamentos de hecho y derecho en la decisión impugnada.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Se deja constancia de que la defensa, al interponer el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, del 19 de mayo de 2005, alegó lo siguiente: Como punto previo, solicitó la nulidad absoluta del acta en la cual consta la audiencia de declaración de la imputada ciudadana Andrea Katherine Gómez Puerto, celebrada el 13 de agosto de 2003, ante el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, por cuanto no se le permitió el acceso al expediente. Asimismo, pidió la nulidad absoluta del acta de reconocimiento en rueda de individuos realizada el 18 de agosto de 2002, ante el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, por cuanto estuvo presente en dicho acto el ciudadano abogado Carlos Omar Pérez, asistente de la víctima, ciudadano Taysir Barjas Barjas, sin la asistencia de éste último. También invocó la nulidad absoluta de las pruebas anticipadas de reconocimiento de vehículo realizada el 19 de agosto de 2003 ordenada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, por cuanto no se notificó a la ciudadana imputada para que asistiera a tal acto. En el capítulo I, alegó la falta de motivación de la sentencia del Tribunal de Juicio, por cuanto, de las declaraciones de los testigos, no se desprende la culpabilidad de la acusada. Y por último, en el capítulo II, adujo el quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos que causen indefensión, señalando que la defensa se opuso en el desarrollo del juicio a la exhibición de las experticias, reconocimientos, autopsia forense e inspecciones por cuanto sólo se admitieron las testimoniales de los funcionarios que realizaron tales actos, más no las respectivas pruebas documentales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la primera, cuarta y sexta denuncias del recurso de casación interpuesto por la defensa de la ciudadana Andrea Katherine Gómez Puerto. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente. Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, en Caracas, a los VEINTE (20) días del mes de JUNIO de dos mil seis. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Palabras clave
homicidiosecuestroapelacióncasaciónderecho a la defensamotivacióninmunidadpruebas