Sentencia N° 278 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de julio de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 278, Exp. C03-0174, 23/07/2003
ExpedienteC03-0174
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-07-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas confirmó la condena de Vicente Ramón Santos Azuaje a once años y seis meses de prisión por delitos de distribución de sustancias estupefacientes y ocultamiento de arma de fuego. La defensa interpuso recurso de casación alegando diversas infracciones, pero la Corte desestimó el recurso por ser manifiestamente infundado, señalando que los vicios denunciados no eran procedentes en este tipo de recurso.
Extracto de la motiva
El recurso de casación, por su carácter extraordinario, supone que los casos, llevados a su conocimiento, sean correctamente planteados. En el presente caso, los impugnantes, en la primera, segunda, cuarta y quinta denuncia, se refieren a vicios que atribuyen tanto a los funcionarios policiales, que practicaron la visita domiciliaria, como al juzgador de juicio, siendo que, de conformidad con en el articulo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación sólo puede ser interpuesto contra los fallos de las Cortes de Apelaciones. Asimismo, en la tercera denuncia la norma alegada (artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal), no puede haber sido infringida por la recurrida, pues la misma se refiere a los efectos de la declaratoria con lugar del recurso de apelación. Por lo antes expuesto, la Sala encuentra procedente desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, de conformidad con lo previsto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado Vicente Ramón Santos Azuaje. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.