Sentencia N° 278 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de junio de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 278, Exp. C00-1444, 11/06/2002
ExpedienteC00-1444
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-06-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar los recursos de casación interpuestos por la parte acusadora contra los fallos de los Juzgados Superiores Duodécimo y Décimo Cuarto en lo Penal. Se anulan los fallos impugnados y se ordena la remisión del expediente para que se dicte una nueva sentencia, debido a la falta de motivación y análisis de las pruebas presentadas en el caso. La decisión se fundamenta en la omisión de un análisis exhaustivo de las pruebas que demostraban la responsabilidad de los acusados en los delitos de estafa agravada y apropiación indebida.

Extracto de la motiva

La recurrida revocó el auto detención, decretado contra el ciudadano José Maggioranni Valecillos, por los delitos estafa agravada continuada, apropiación indebida calificada, abuso de firma en blanco y agavillamiento y declaró terminada la averiguación de los hechos relativos al cheque Nº 65775062, materia de la acusación privada. A tal efecto, el sentenciador comparó la declaración del nombrado ciudadano con lo señalado en el libelo acusatorio y concluyó que es falso que la ciudadana Gleide Ávila Blanco haya depositado en la cuenta de José Maggioranni Valecillos el cheque Nº 65775062, que la ciudadana María de los Ángeles Pulido Pedrique, le había entregado para el pago de los proveedores del restaurant de su propiedad. La recurrida para llegar a tal conclusión omitió el debido análisis y comparación de las declaraciones de los ciudadanos Luis César Muñoz y Carmen Elisa González Blanco, la experticia grafotécnica practicada al cheque Nº 65775062 y la experticia contable realizada a la empresa Bar Restaurant Chiguagua C.A. El sentenciador, para formar criterio, no podía optar por señalar unas pruebas con prescindencia de las otras, al contrario, ha debido considerarlas todas. En el presente caso, las pruebas no examinadas son de gran importancia a los efectos de establecer los hechos y la responsabilidad del acusado.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar los recursos de casación propuestos por la parte acusadora, anula los fallos impugnados y ordena la remisión del expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, para que, previa distribución entre las Salas Accidentales de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio, se dicte una nueva sentencia con prescindencia de los vicios que dieron lugar al presente recurso.

Palabras clave

estafa agravadaapropiación indebidaabuso de firmaagavillamientorecurso de casaciónanálisis de pruebasmotivacióndecisión judicial

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