Sentencia N° 277 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de octubre de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 277, Exp. C22-83, 13/10/2022
ExpedienteC22-83
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-10-13
DecisiónNulidad Absoluta
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decreta de oficio la nulidad absoluta de la audiencia preliminar celebrada el 2 de septiembre de 2021, en el proceso penal seguido contra varios ciudadanos por delitos de hurto calificado y posesión ilícita de arma de fuego. Se argumenta que la omisión de dictar un auto fundado que contenga la narrativa, motivación y dispositivo de las decisiones tomadas en la audiencia vulnera los derechos al debido proceso y a la defensa de los acusados.
Extracto de la motiva
El 25 de agosto de 2020, se celebró ante al Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, la audiencia preliminar en la causa seguida contra los imputados de autos, en dicha oportunidad, el referido Tribunal de Control admitió totalmente la acusación fiscal por los delitos de “ROBO AGRAVADO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley de Protección a la actividad ganadera y POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones”, así mismo, admitió las pruebas ofrecidas por la representación del Ministerio Público, acordó mantener la medida privativa de libertad y ordenó el pase a juicio. El 30 de octubre de 2020 los Fiscales Provisorio Septuagésimo Octavo del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional y Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, solicitaron la revisión de la medida privativa de libertad que recaía sobre los acusados de autos y solicitó se les impusiera una medida cautelar menos gravosa. En la misma data, la referida representación del Ministerio Público solicitó la nulidad del acta de la audiencia preliminar suscrita el 10 de agosto de 2020, por cuanto en la misma, de manera inmotivada se admitió el pase a juicio por un delito distinto al solicitado en el escrito acusatorio. El 12 de noviembre de 2020, ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, se llevó a cabo la apertura del juicio oral y público, acto en el cual el Juez del referido Tribunal dictó entre otros los siguientes pronunciamientos: “PRIMERO: la nulidad absoluta de la audiencia preliminar y la decisión dictada del 25-08-2020 en la cual se evidencia contradicción en relación con la acusación fiscal y ordena la remisión al tribunal de control 1 a fin de que fije la celebración de un nuevo acto de audiencia ‘ preliminar en virtud de e lo antes planteado SEGUNDO: En cuanto a la revisión de medida y a la cual se adhiere la defensa privada este tribunal acuerda la misma e impone presentación cada 30 días por ante la taquilla de presentación del alguacilazgo del Circuito Judicial (…)” [sic]
Dispositiva
PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar celebrada el 2 de septiembre de 2021, ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Yaracuy, en el proceso penal seguido a los ciudadanos Simón Alberto Vizcaya Guzmán, Félix Isaac Rivas López, Julio Alejandro Guevara López, Luis Alberto Linares López, Javier Ramón Piña Suarez y Juvenal Antonio Guere Perozo, con la consecuente nulidad de todas las actuaciones subsiguientes efectuadas en el presente proceso penal. SEGUNDO: ORDENA reponer la causa al estado que un Tribunal de Control distinto al que realizó la audiencia preliminar anulada, del Circuito Judicial Penal de Yaracuy, fije y realice nuevamente la audiencia preliminar con prescindencia de los vicios señalados.